La cuestión de la incompatibilidad entre la profesión de investigador, detective privado, y la práctica de la ley se ha planteado en repetidas ocasiones.
La pregunta en este caso fue planteada por una abogada del Colegio de Abogados (Ordem dos Advogados).
El consejo de distrito de Oporto de la Ordem dos Advogados respondió mediante comunicación escrita, el 30 de enero de 2014, a la cuestión de si un investigador, detective privado, puede ejercer el derecho.
La finalización de la orden en su opinión, era bastante clara: “La profesión de investigador, detective privado es incompatible con la práctica de la ley ya que pone en tela de juicio la imparcialidad, la independencia y la dignidad de la profesión. La profesión del investigador, detective privado es incompatible con el ejercicio del derecho, dado el régimen de secreto profesional adecuado, ya que los investigadores, detectives privados, a diferencia de los abogados están obligados a informar de todos los hechos detectados en el ejercicio de sus funciones que constituyen delito”.
Si desea más información, véase el pdf: https://www.oa.pt/upl/%7B012b466e-fbc7-4c4a-9d9a-76d695baa754%7D.pdf